Glosario Penal: los términos del proceso explicados en simple
Los términos del proceso penal chileno, explicados en lenguaje simple. Si te llegó un documento con palabras que no entiendes, acá están traducidas. Están ordenadas alfabéticamente.
A
Absolución. Resolución que declara que no se acreditó tu responsabilidad. El proceso termina sin condena.
Acuerdo reparatorio. Salida alternativa en que imputado y víctima acuerdan reparar el daño y el proceso termina sin condena. Solo procede en ciertos delitos, principalmente patrimoniales, lesiones menos graves y delitos culposos. No procede en violencia intrafamiliar.
Acusación. Escrito del fiscal que, cerrada la investigación, solicita llevar el caso a juicio.
Arraigo. Medida cautelar que prohíbe salir del país o de una localidad determinada.
Arresto domiciliario. Medida cautelar que obliga a permanecer en el domicilio, de forma total o solo en ciertos horarios.
Atenuante. Circunstancia que disminuye la pena. La más común es la irreprochable conducta anterior, es decir, no tener condenas previas.
C
Carpeta investigativa. El conjunto de antecedentes que reúne el fiscal: declaraciones, informes, peritajes, cámaras. Tu defensa tiene derecho a acceder a ella, y es lo que permite conocer la prueba real del caso.
Control de detención. Audiencia en que el juez revisa si la detención fue legal. Debe realizarse dentro del plazo máximo de 24 horas desde la detención.
Cuasidelito. Delito culposo: se causa un daño por imprudencia o negligencia, sin intención. Típico en accidentes de tránsito.
D
Defensor. Abogado que te representa. Puede ser de la Defensoría Penal Pública o particular.
Desacato. Delito que comete quien incumple una resolución judicial, por ejemplo una orden de alejamiento. Es una causa nueva, adicional a la que ya se tiene.
Diligencia. Actuación de investigación: tomar una declaración, pedir un peritaje, requerir cámaras. La defensa puede solicitar diligencias que la favorezcan.
F
Falta. La categoría menos grave de infracción penal, por debajo del simple delito. Se sanciona habitualmente con multa.
Flagrancia. Situación en que se sorprende a alguien cometiendo el delito o inmediatamente después. Permite la detención sin orden judicial previa.
Formalización. Comunicación del fiscal, ante el juez y con tu defensa presente, de que investiga en tu contra por un delito determinado. No es una condena.
I
Imputado. Persona a quien se atribuye participación en un delito. Ser imputado no equivale a ser culpable.
J
Juzgado de Garantía. Tribunal que vela por tus derechos durante la investigación, resuelve medidas cautelares y conoce los procedimientos simplificados.
Juicio oral. Audiencia pública ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, donde se rinde la prueba y se dicta sentencia. Solo llegan ahí los casos que no se resuelven antes.
M
Medida cautelar. Restricción impuesta durante el proceso para asegurar sus fines. No es una pena y es revisable.
Ministerio Público (Fiscalía). Organismo que dirige la investigación penal. No representa a la víctima: persigue el delito en representación del interés público.
Monitorio. Procedimiento aplicable a ciertas faltas, en que el tribunal puede resolver por escrito y sin audiencia si el imputado acepta. El más rápido del sistema.
P
Patrocinio y poder. Documento con que designas formalmente a tu abogado para que te represente ante el tribunal.
Prescripción. Extinción de la responsabilidad penal por el transcurso del tiempo. Se suspende cuando el procedimiento se dirige contra la persona.
Presunción de inocencia. Garantía según la cual toda persona es inocente mientras no exista sentencia condenatoria firme.
Prisión preventiva. La medida cautelar más grave: privación de libertad durante el proceso. Por ley es excepcional y debe fundarse en requisitos estrictos.
Q
Querella. Escrito con que la víctima se hace parte formalmente en el proceso, representada por su propio abogado.
S
Simple delito. Categoría intermedia entre la falta y el crimen, según la pena asignada.
Simplificado. Procedimiento para faltas y simples delitos de menor pena. Se resuelve en una audiencia única ante el Juzgado de Garantía.
Sobreseimiento. Resolución que pone término al procedimiento. El definitivo cierra el caso de forma irrevocable.
Suspensión condicional del procedimiento. Salida alternativa en que el proceso se suspende mientras cumples condiciones por un plazo de entre uno y tres años. Cumplidas, el caso termina sin condena ni antecedentes.
T
Tentativa. Comienzo de ejecución de un delito que no llega a consumarse. Es punible, con pena menor que la del delito consumado.
TOP. Tribunal de Juicio Oral en lo Penal. Conoce los juicios orales de los delitos más graves.
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Ramón Infante · Abogado penalista · Santiago y todo Chile
Fuentes legales: Código Procesal Penal · Código Penal.
Definiciones con fines informativos. No constituyen asesoría legal.