Si tu hijo entre 14 y 17 años fue detenido o formalizado, su caso se rige por la Ley N° 20.084 de responsabilidad penal adolescente: un sistema distinto al de adultos, con sanciones propias, plazos más breves y una orientación explícita a la reinserción. Los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal.
Si estás leyendo esto porque llamaron de una comisaría, respira. Es angustiante, pero el sistema está diseñado con una lógica distinta cuando se trata de adolescentes.
Qué cambia respecto de un adulto
- Sanciones propias, no las penas del Código Penal para adultos.
- Defensa especializada: la Defensoría cuenta con defensores capacitados en esta materia.
- Plazos más breves de investigación, porque la respuesta debe ser oportuna.
- Foco en la reinserción social y en la responsabilización, no en el castigo.
- La privación de libertad es de último recurso y por el tiempo más breve posible.
Las sanciones que contempla la ley
De menor a mayor intensidad:
- Amonestación: reprensión del juez.
- Multa.
- Reparación del daño causado a la víctima.
- Prestación de servicios en beneficio de la comunidad.
- Libertad asistida y libertad asistida especial, con acompañamiento de un delegado y un plan de intervención.
- Internación en régimen semicerrado.
- Internación en régimen cerrado, reservada para los casos más graves.
Las sanciones no privativas de libertad son las más frecuentes, sobre todo cuando se trata de un primer hecho y de delitos de menor gravedad.
Lo primero que debes hacer como padre o madre
- Averigua dónde está y ante qué tribunal será la audiencia.
- Asegúrate de que tenga defensa desde el primer momento. Un adolescente no debe declarar sin abogado bajo ninguna circunstancia.
- Acompáñalo. Tu presencia y tu compromiso son un antecedente relevante que el tribunal valora.
- Reúne antecedentes: certificado de alumno regular, informes del colegio, antecedentes de tratamientos si los hay.
- No lo presiones a "contar todo" antes de hablar con su defensa.
Un adolescente asustado tiende a hablar de más, sobre todo si un adulto se lo pide. Esa conversación hay que tenerla con el abogado presente.
Lo que más pesa en el resultado
En materia adolescente, el tribunal mira especialmente:
- Que esté estudiando o tenga un proyecto formativo en curso.
- Que exista un adulto responsable comprometido con su cuidado y supervisión.
- Que se haya reparado el daño, cuando corresponde.
- Que sea un primer hecho y no haya un patrón reiterado.
- La disposición a participar en programas de intervención.
Todo eso se acredita con documentos y con presencia. No es retórica: es lo que efectivamente inclina la decisión hacia una sanción en libertad.
Preguntas frecuentes
¿Mi hijo va a quedar con antecedentes?
El sistema de responsabilidad adolescente contempla reglas especiales sobre el registro de las sanciones, distintas de las de adultos, precisamente por su orientación a la reinserción. Es un punto que conviene revisar en concreto según la sanción aplicada.
Tiene 13 años, ¿qué pasa?
Los menores de 14 años no tienen responsabilidad penal. Su situación se aborda desde el sistema de protección de la niñez, no desde el sistema penal.
¿Puedo estar presente en la declaración?
Lo esencial es que esté su defensor. Consulta con él qué corresponde en cada actuación.
¿Lo pueden dejar privado de libertad?
Es posible en casos graves, pero la ley establece que la privación de libertad es de último recurso y por el menor tiempo posible.
¿Sirve un abogado particular si existe la Defensoría?
La Defensoría cuenta con defensores especializados y es una alternativa legítima. Un abogado particular permite mayor dedicación y coordinación con la familia. Si tu situación económica no lo permite, te lo diré de frente y te orientaré hacia la Defensoría.
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Escrito por Ramón Infante · Abogado penalista. Atención en Santiago y todo Chile.
Fuentes legales: Ley N° 20.084 sobre responsabilidad penal adolescente · Código Procesal Penal.
Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría legal. Cada caso requiere el análisis particular de sus circunstancias.